Impulsa tu carrera: Descubre las subvenciones de empleo y formación laboral

I. ¿Qué se entiende por subvenciones?
De manera general, las subvenciones son una manifestación de la actividad administrativa de fomento, que se caracteriza por la transferencia patrimonial de naturaleza principalmente económica, realizada por las Administraciones públicas, entidades y otros organismos de derecho público, en ejercicio de una potestad administrativa, a favor de una persona, bien sea pública o privada. Esta transferencia se efectúa sin exigencia de reembolso por parte del receptor, con el objetivo de favorecer la realización de ciertos comportamientos de ejecución o abstención que se consideran de interés general por la entidad otorgante. Para ello, deben cumplirse con los siguientes requisitos:
- Que la entrega se lleve a cabo sin una contraprestación inmediata de los beneficiarios.
- Que la entrega esté condicionada a la consecución de un propósito específico, la implementación de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento particular, ya sea ejecutada o en planificación, o bien, a la ocurrencia de una situación, con la obligación del beneficiario de cumplir con las responsabilidades materiales y formales que se establezcan.
- Que el proyecto, acción, conducta o situación financiada esté orientada a promover una actividad de utilidad pública, de interés social, o lograr una finalidad pública.
II. ¿Qué implican las subvenciones en el contexto del empleo y la formación laboral?
Las subvenciones en el área del empleo y la formación laboral, se regulan a través del Real Decreto 659/2024, de 9 de julio. Estas son subvenciones otorgadas de manera directa, en circunstancias excepcionales y por motivos de interés público, que representan una transmisión patrimonial de carácter, principalmente, monetario por parte de las Administraciones públicas, particularmente a través de aportaciones del Servicio Público de Empleo Estatal; se utilizan para la ejecución durante el año 2024 de programas de inserción laboral que abarcan obras o servicios de interés general y social, de formación laboral, o una combinación de ambos, y son desarrollados por las siguientes entidades, que serán las beneficiarias de las subvenciones en el área del empleo y la formación laboral: a continuación se enlistan:
1.- Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, que forma parte del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
2.- Consejo Superior de Investigaciones Científicas, que depende del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
3.- Jefatura Central de Tráfico y la Entidad Estatal de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, que están bajo la dependencia del Ministerio del Interior.
4.- Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM), que pertenece al Ministerio de Cultura.
5.- Instituto de la Juventud (INJUVE), que está bajo el Ministerio de Juventud e Infancia.
Así, estas entidades serán las que accedan a las subvenciones en el ámbito del empleo y la formación laboral, para la ejecución de programas en cooperación con el Servicio Público de Empleo Estatal, orientados a la actividad de inserción laboral a través de obras o servicios.
de carácter general y social a través de ayudas destinadas a promover la inserción laboral y la obtención de habilidades profesionales por parte de las personas beneficiarias.
6.- La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), la cual está subordinada al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, será la receptora de las subvenciones relacionadas con la ocupación y la capacitación laboral, para llevar a cabo programas prácticos de empleo y formación dentro de sus respectivas competencias.
7.- Las Comunidades Autónomas de Andalucía, Canarias y Extremadura serán también beneficiarias de las subvenciones centradas en el ámbito laboral y la capacitación profesional, con el fin de implementar los Planes Integrales de Empleo para la isla de La Palma y las Canarias, así como los Planes de Empleo de Andalucía y Extremadura, conforme a lo estipulado en las disposiciones adicionales número 86, 87, 88 y 89 de la Ley 31/2022, del 23 de diciembre, sobre Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, cuyo periodo de aplicación se ha extendido hasta el año 2024, así como en la disposición adicional cuarta de la Ley 3/2023, del 28 de febrero, referente al Plan Integral de Empleo de Canarias.
III. ¿De qué manera se distribuyen las subvenciones para el empleo y la formación laboral?
Las subvenciones referidas al empleo y la formación laboral serán otorgadas de la siguiente forma:
A las siguientes instituciones:
- La Dirección General de Tráfico.
- La Entidad Estatal de Trabajo Penitenciario y Capacitación para el Empleo.
- El Instituto Nacional de Artes Escénicas y Música.
- El Instituto de la Juventud.
- El Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
- El Consejo de Administración del Patrimonio Nacional.
- La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
La resolución será emitida por la persona responsable de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, especificando, entre otros aspectos, la cantidad máxima otorgada para llevar a cabo programas de inserción laboral a través de actividades o servicios de interés general y social, así como de los programas prácticos de empleo y capacitación a ser realizados por cada organismo o institución, incluyendo las acciones específicas a financiar. Sin embargo, es esencial que cada una de las entidades mencionadas presente una solicitud de subvención en un plazo máximo de dos meses tras el 11 de julio de 2024, detallando los programas o proyectos a financiar, así como las acciones y montos subvencionables.
En relación al Consejo de Administración del Patrimonio Nacional y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, además de la mencionada resolución, la otorgación de subvenciones en el ámbito laboral y de capacitaciónEn el entorno laboral se llevará a cabo siguiendo las condiciones establecidas en los convenios vigentes.
Por otro lado, la asignación de subvenciones relacionadas con el empleo y la capacitación laboral a las Comunidades Autónomas de Andalucía, Canarias y Extremadura, se llevará a cabo a través de la firma de los convenios correspondientes con el Servicio Público de Empleo Estatal.
IV. ¿Qué actividades serán beneficiarias de subvenciones en el ámbito del empleo y la formación laboral?
Las acciones que podrán recibir subvenciones en el área del empleo y la formación laboral, las cuales se realizarán en colaboración con el Servicio Público de Empleo Estatal, son las siguientes:
1.- Con relación a los programas de inserción laboral mediante proyectos o servicios de interés general y social, a implementar por entidades de la Administración General del Estado.
- Financiación de los gastos salariales según el monto definido en el anexo de la Orden TES/1077/2023, de 28 de septiembre, para el programa P05 «Programa de inserción laboral a través de obras o servicios de interés general y social», para los trabajadores contratados en la realización de dichas obras y servicios. Esto incluye los costos asociados a las contribuciones empresariales a la Seguridad Social, abarcando desempleo, el Fondo de Garantía Salarial y la formación profesional.
- Los proyectos y servicios a realizar deben llevarse a cabo bajo el régimen de administración directa; además, la implementación de estos favorecerá la colocación y el desarrollo de competencias profesionales en los beneficiarios.
- Las acciones específicas a llevar a cabo en cada situación se harán constar en la resolución de concesión, de acuerdo con las peticiones presentadas por los diversos entes u organismos beneficiarios.
2.- Respecto a los programas de formación y empleo a realizar por el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo:
- Financiación, conforme a lo estipulado en el anexo de la Orden TES/1077/2023, de 28 de septiembre, para el programa P03 «Programas experienciales de empleo y formación», de los gastos salariales derivados de las contrataciones del personal docente, directivo y de apoyo seleccionados para los mencionados programas.
- Financiación de los gastos adicionales de formación y operativos que puedan generarse durante la ejecución del programa.
- Financiación de los gastos salariales, que incluyen las contribuciones a la Seguridad Social y otros conceptos de recaudación a cargo del empleador, relacionados con los contratos de formación en alternancia suscritos con los participantes en los proyectos, así como las becas a las que pudieran acceder por su participación en la fase formativa inicial de proyectos dirigidos a personas desempleadas menores de treinta años.
3.- En lo que respecta a los Planes de Empleo y Planes Integrales de Empleo, se llevarán a cabo, entre otras, las siguientes actividades:
- Acciones formativas en el ámbito laboral, enfocadas en el aprendizaje, la capacitación, la recualificación o el reciclaje.
- Acciones educativas que integren la formación dual, permitiendo que los beneficiarios, ya sean trabajadores o en situación de desempleo, adquieran habilidades o optimicen su trayectoria profesional, con el fin de aumentar su nivel de capacitación y facilitar su acceso al mercado laboral.
- Medidas destinadas a fomentar la generación de empleo o a conservar los empleos existentes, prestando especial atención a aquellos grupos que enfrentan más retos para acceder o mantener su puesto laboral; especialmente aquellos que son considerados de atención preferente en las políticas laborales.
- Incentivos orientados a la contratación que promuevan la regularización de la economía informal.
- Estrategias para potenciar la movilidad laboral entre los ciudadanos residentes en Canarias.
- Implementación de Planes de Empleo social mediante acciones coordinadas con diversas entidades gubernamentales, con el fin de elevar la capacidad de empleo de los grupos más vulnerables.
- Asistencia para la incorporación laboral y formación de equipos especializados en desarrollo local que produzcan recursos sobre el mercado de trabajo a nivel local, así como la implementación de innovadores modelos económicos en el contexto local (economía circular, economía del bien común, economía cooperativa, economía social, etc.).
V. ¿Qué cuantía tienen las ayudas en el territorio del empleo y la capacitación laboral?
La cantidad máxima destinada a las ayudas en el ámbito laboral y de la capacitación profesional para el año fiscal 2024 será la siguiente:
- 216.480 euros para la Dirección General de Tráfico.
- 57.050 euros para la Entidad Estatal de Trabajo Penitenciario y Formación Profesional.
- 105.870 euros para el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
- 1.000.000 euros destinados al Instituto de la Juventud.
- 282.090 euros para el Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
- Al Consejo de Administración del Patrimonio Nacional le corresponden 1.400.000 euros para el desarrollo del programa de inserción laboral a través de actividades o servicios de interés general y social, además de 8.280.000 euros para implementar el programa de empleo y formación experiencial.
- 1.614.700 euros destinados a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
- 50.000.000 euros asignados a la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- 15.000.000 euros para la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- 45.000.000 euros para la Comunidad Autónoma de Canarias.
- 30.000.000 euros destinados a la Comunidad Autónoma de Canarias (PIE isla de La Palma).
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- II. ¿Qué implican las subvenciones en el contexto del empleo y la formación laboral?
- III. ¿De qué manera se distribuyen las subvenciones para el empleo y la formación laboral?
- IV. ¿Qué actividades serán beneficiarias de subvenciones en el ámbito del empleo y la formación laboral?
- V. ¿Qué cuantía tienen las ayudas en el territorio del empleo y la capacitación laboral?
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