Cálculo de estimación objetiva IRPF 2025 en España

Cálculo de estimación objetiva IRPF 2025 en España- 2025

I. ¿Qué es el método de estimación objetiva?

El método de estimación objetiva es una forma de calcular los rendimientos de ciertas actividades económicas que, según el artículo 52 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (en adelante, Ley General Tributaria), se utiliza para establecer la base imponible aplicando indicadores, coeficientes, módulos o datos específicos recogidos en la normativa correspondiente a cada impuesto. En este texto se abordará cómo se determinará este método en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para el ejercicio 2025.

II. Principales rasgos del método de estimación objetiva

Este régimen presenta las siguientes particularidades:

  • Es opcional, por lo que los contribuyentes pueden optar por no aplicarlo.
  • Es incompatible con el método de estimación directa.
  • Tiene límites y condiciones, lo que significa que si se superan ciertos umbrales cuantitativos, se queda excluido de este régimen.
  • Simplifica el cálculo del rendimiento neto, ya que se basa en parámetros como signos, índices o módulos, en lugar de datos contables.
  • Forma de pago fraccionado: se realiza utilizando el modelo 131, con un cálculo diferente al del régimen de estimación directa.
  • Menores obligaciones contables: este método requiere llevar una contabilidad menos detallada en comparación con otros sistemas.

III. Actividades incluidas en el método de estimación objetiva

Las actividades económicas que pueden acogerse a este régimen están descritas en los artículos 1 y 2 de la Orden HAC/1347/2024, de 28 de noviembre. Esta normativa regula el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen simplificado del IVA para el año 2025, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

IV. Cálculo del método de estimación objetiva para el IRPF en 2025

La Orden HAC/1347/2024 establece las disposiciones para el cálculo del método de estimación objetiva, incluyendo las siguientes directrices:

  1. Parámetros de cálculo:
    • Se mantienen los valores de los módulos, índices y signos, salvo en la actividad de “producción de mejillones en batea”, que pasa a considerarse dentro de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales (anexo I de la orden).
    • Se elimina la compensación del régimen especial de agricultura, ganadería y pesca del IVA en la evaluación del volumen de ingresos para ciertas actividades.
    • Continúa una reducción general del 5 % sobre el rendimiento neto de los módulos para todos los contribuyentes que calculen sus rendimientos según este régimen.
  2. Renuncia o revocación de la renuncia:
    • Quienes deseen optar por no aplicar este método o revocar su renuncia para 2025, podrán hacerlo desde la publicación de la orden hasta el 31 de diciembre de 2024.
    • La renuncia también se considera realizada si el contribuyente presenta, en el plazo correspondiente, la declaración de pago fraccionado del primer trimestre utilizando el método de estimación directa.
  3. Reducción del rendimiento neto:
    • Los contribuyentes podrán aplicar una disminución del 5 % sobre el rendimiento neto calculado con base en módulos. Esta reducción también afecta el cálculo de los pagos fraccionados.
    • Para actividades agrícolas, ganaderas y forestales incluidas en el anexo I de la orden, la reducción se aplicará según lo establecido en las instrucciones específicas para este sector.
  4. Reducciones por daños causados por la DANA:
    • Los contribuyentes con actividades afectadas por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, podrán disminuir en un 25 % el rendimiento neto de módulos correspondiente al ejercicio 2024.
    • Para el último trimestre de 2024, el rendimiento neto utilizado en los pagos fraccionados se reducirá proporcionalmente en relación con las actividades afectadas.

En resumen, el método de estimación objetiva continúa siendo una alternativa simplificada para calcular los rendimientos de ciertas actividades económicas, aunque con ajustes y limitaciones que buscan adaptarse a las necesidades específicas de los contribuyentes y las exigencias normativas.


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Índice
  1. I. ¿Qué es el método de estimación objetiva?
  2. II. Principales rasgos del método de estimación objetiva
  3. III. Actividades incluidas en el método de estimación objetiva
  4. IV. Cálculo del método de estimación objetiva para el IRPF en 2025

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