Guía práctica para entender la cotización a la Seguridad Social.

Guía práctica para entender la cotización a la Seguridad Social.- 2025

I. ¿Qué se entiende por Seguridad Social?

La seguridad social se constituye como el sistema primordial de resguardo social que posee el Estado para asegurar a sus ciudadanos, conforme al artículo 41 de la Constitución española, el acceso a asistencias y prestaciones sociales adecuadas ante situaciones de necesidad, siendo el desempleo uno de los casos más relevantes, además de brindar protección a través de la atención médica. Todo esto tiene como objetivo permitir que los ciudadanos puedan –como se mencionará más adelante-, enfrentarse a diversas contingencias, tales como enfermedades, accidentes laborales, incapacidades, jubilaciones, entre otras.

II. ¿A qué se refiere la cotización a la Seguridad Social?

La cotización a la Seguridad Social se refiere a la contribución obligatoria que debe ser pagada al Estado, tanto por parte de los trabajadores como por los empleadores, y se calcula como una fracción mensual o un porcentaje del salario del trabajador. Esta acción tiene como propósito garantizar distintos derechos y servicios a los trabajadores, incluyendo:

  1. El derecho a recibir atención médica.
  2. Los permisos de maternidad y la baja por paternidad.
  3. Las prestaciones por incapacidad, tanto temporal como permanente.
  4. La pensión de jubilación.
  5. La pensión por viudedad.
  6. Las ayudas en caso de desempleo, entre otras.

Por tanto, es fundamental comprender la manera en que se realiza la cotización a la seguridad social, ¿verdad?

III. ¿En qué momento surge la obligación de cotizar a la Seguridad Social?

La obligación de contribuir a la Seguridad Social se establece desde el inicio de la actividad correspondiente, de acuerdo con las normativas que regulan cada régimen, determinándose así quiénes deben cumplir con esta obligación. A este respecto, nos preguntamos: ¿de qué forma se lleva a cabo la cotización a la seguridad social?

Es fundamental destacar que esta responsabilidad también se extiende a varias circunstancias laborales en las que la relación contractual queda suspendida, siempre que esta no se extinga, como por ejemplo:

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  1. La incapacidad laboral temporal.
  2. Las situaciones de maternidad y paternidad.
  3. El riesgo durante el embarazo y la lactancia natural.
  4. Los períodos de permisos y licencias que no generen excedencia, así como las vacaciones no disfrutadas que se compensen al finalizar el contrato laboral, entre otros.

Asimismo, una vez que la relación laboral finaliza y los individuos son beneficiarios de prestaciones por desempleo, la obligación de cotizar seguirá vigente, siendo el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) quien asumirá la cuota empresarial en este contexto.

IV. ¿Quién tiene la responsabilidad de asegurar el cumplimiento de la obligación de cotizar a la Seguridad Social?

No solo es crucial entender ¿De qué manera se realiza la cotización al sistema de seguridad social? Pero, ¿quiénes son los encargados de cumplir con la responsabilidad de contribuir y abonar los demás aportes del sistema de Seguridad Social? En este contexto, se consideran responsables a:

  1. Las entidades, personas físicas o jurídicas a las que las disposiciones reglamentarias de cada régimen y recurso asignen directamente la responsabilidad de su contribución.
  2. Igualmente, aquellos que sean considerados como responsables solidarios, subsidiarios o herederos mortis causa de los mencionados, debido a eventos, omisiones, negocios o actos jurídicos que establezcan dichas responsabilidades, conforme a cualquier normatividad de carácter legal que se refiera o no excluya expresamente las obligaciones vinculadas a la Seguridad Social, así como acuerdos o convenios que no sean contrarios a la ley. Esta responsabilidad, ya sea solidaria, subsidiaria o por causa de muerte, será declarada y exigida a través del procedimiento de recaudación estipulado en esta ley y su normativa de desarrollo.

V. ¿Qué bases existen para la cotización al sistema de seguridad social?

Generalmente, las bases de cotización a la Seguridad Social, que nos permitirán entender de qué forma se realiza la cotización al sistema de seguridad social, son aquellas dictadas cada año por la Ley de Presupuestos Generales del Estado correspondiente. En este sentido, las bases de cotización a la Seguridad Social, dentro de cada uno de sus regímenes, tendrán como límite superior las cifras fijadas en cada ejercicio por la Ley de Presupuestos Generales del Estado, y como límite inferior, las cuantías correspondientes al salario mínimo interprofesional vigente en ese momento, aumentadas en un sexto, salvo que se disponga explícitamente lo contrario.

Sin embargo, el límite superior asignado a las bases de cotización del sistema de Seguridad Social en cada uno de sus regímenes se revisará anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, aplicándose un porcentaje equivalente al que se mencione para la revalorización de las pensiones contributivas. En este sentido, las pensiones serán revalorizadas al principio de cada año según el porcentaje que corresponda al promedio de las tasas de variación interanual expresadas en porcentaje del Índice de Precios al Consumo de los doce meses previos a diciembre del año anterior.

En base a lo anterior, actualmente, el límite máximo en el Régimen General de la Seguridad Social asciende a 4.720,50 euros.

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VI. ¿Qué procedimiento sigue la cotización a la seguridad social?

Para comprender "¿cómo se lleva a cabo la cotización a la seguridad social?", comencemos destacando que, en territorio español, existen distintos tipos de cotización a la Seguridad Social. En este contexto, sobre la cantidad de la base de cotización se aplica el porcentaje efectivo que se deduce de la nómina. Así, teniendo en cuenta el tipo de cotización, la contribución al sistema de Seguridad Social se realiza de la forma siguiente:

  1. Para situaciones comunes: 28,30%. De esta cifra, el trabajador contribuye con 4,70% y la empresa con 23,60%. Los mismos porcentajes se aplican para las horas extraordinarias.
  2. Respecto al Mecanismo de Equidad Intergeneracional o MEI: 0,7% (sobre la base de cotización por contingencias comunes), donde el trabajador aporta 0,12% y la empresa 0,58%.
  3. En el caso de contingencias profesionales, el aporte tanto del trabajador como de la empresa se desarrollará según la tabla de primas específicas.
  4. Para el desempleo (contrato indefinido): 7,05%, donde 1,55% es aportado por el trabajador y 5,50% por la empresa.
  5. En el caso del desempleo (contrato de duración determinada a tiempo completo o parcial), la aportación será de 8,30%, distribuidos en 1,60% el trabajador y 6,70% la empresa.
  6. FOGASA se establece en un 0,20%, siendo esta cantidad completamente aportada por la empresa.
  7. Finalmente, la formación profesional, que equivale a 0,70%, se compone de un 0,10% aportado por el trabajador y un 0,60% por la empresa.


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Índice
  1. I. ¿Qué se entiende por Seguridad Social?
    1. II. ¿A qué se refiere la cotización a la Seguridad Social?
    2. III. ¿En qué momento surge la obligación de cotizar a la Seguridad Social?
    3. IV. ¿Quién tiene la responsabilidad de asegurar el cumplimiento de la obligación de cotizar a la Seguridad Social?
    4. V. ¿Qué bases existen para la cotización al sistema de seguridad social?
    5. VI. ¿Qué procedimiento sigue la cotización a la seguridad social?

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